domingo, 5 de mayo de 2013

imputan a seis sospechosos por matanza de animales en Argentina-Cordoba

Seis personas, cinco de ellas empleados municipales, fueron imputadas y serán investigadas por la Justicia cordobesa por el envenamiento de más de 200 perros y otros animales en la ciudad de Deán Funes, a 120 kilómetros de la capital provincial. 

Aunque no dispuso prisión preventiva, el fiscal de Instrucción Eduardo Gómez informó a la prensa local que imputó a los investigados por "daño reiterado y violación a la denominada Ley Sarmiento -Nº 14.346, de Protección Animal-, en concurso real", por su presunta participación en los hechos.

Gómez aún no fijó fecha para citar a los imputados a que presten declaración pero dijo que mientras tanto "se están tomando testimoniales a todos los damnificados", en general dueños de las mascotas envenenadas.

"Afortunadamente no se registra perjuicio en la salud de ninguna persona", especialmente niños, pues los cebos que mataron a los animales, indicó, "no han sido arrojados en los establecimientos escolares".

Una de las hipótesis de la investigación es que los responsables del envenenamiento habrían aprovechado para actuar la distracción que generó el sábado pasado la transmisión televisiva de la pelea de Sergio "Maravilla" Martínez, por la defensa de su título mundial de boxeo.

Cinco de los seis imputados, cuyas identidades no precisaron, se desempeñan como inspectores municipales, razón por la cual "son lo encargados de controlar todo lo que sucede en la ciudad, si hay perros rabiosos, por ejemplo", apuntó el fiscal.

Los envenenadores, dijo, "habrían actuado de manera organizada", pero aún se desconoce "cuál fue el móvil, por qué lo hicieron, si alguien los indujo, si fueron instigados", lo cual "todavía hay que investigar".

El hecho de que no haya dispuesto la privación cautelar de la libertad de los imputados se debe, entre otras razones, a que "las penas previstas no superan los dos años de prisión", aunque eso puede "complicarse por la reiteración de los hechos", según Gómez.

El artículo 3, inciso 7, de la Ley 14.346, que data de 1954, considera como actos crueles el "lastimar o arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios, o matarlos por el sólo espíritu de perversidad".

La norma, en su artículo 1, establece que "será reprimido con prisión de 15 días a un año el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales".

El comisario Eusebio Villalba, de la Departamental Ischilín de la Policía cordobesa y a cargo de la investigación, aseveró que, para las imputaciones dispuestas, fueron fundamentales los cuatro allanamientos realizados y "el material secuestrado" en esas diligencias.


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